La Corte de Constitucionalidad, en expedientes acumulados 9267-2026 y 9292-2026, otorgó el amparo provisional y fue más allá de suspender el Acuerdo Gubernativo No. 35 del 30 de septiembre de 2026.
Ver esta publicación en Instagram
Una publicación compartida de Canal Antigua (@canalantiguaoficial)
1. Se suspende el nombramiento: Se deja en suspenso provisional el Acuerdo que nombra a Jonathan Kiril Thomas Menkos Zeissig como Presidente de la Junta Monetaria y del Banco de Guatemala.
2. Se suspende la toma de posesión y se borra todo lo actuado: La CC ordena suspender la toma de posesión y el ejercicio del cargo, y deja sin efecto todos los actos y actuaciones realizadas por Menkos, tanto desde la perspectiva administrativa, organizacional y laboral, como aquellos relacionados con la Junta Monetaria y el Banguat. Esto desde el 1 de octubre que tomó posesión.
3. Quién asume: Mientras se resuelve en definitiva, deberá procederse conforme al artículo 132 constitucional: el Vicepresidente sustituye de forma interina al Presidente de la Junta Monetaria y del Banguat.
4. Conmina al Presidente: La CC conmina al Presidente de la República, como autoridad cuestionada, para que antes de nombrar verifique que la persona cumpla requisitos y no tenga prohibiciones o incompatibilidades según artículos 14 y 28 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, y que no viole normas constitucionales de función pública.
La resolución debe cumplirse de manera inmediata al ser notificada.
Es un revés total: no solo lo suspende, anula todo lo que firmó desde el 1 de octubre por haber sido designado con incompatibilidad para ocupar el cargo.
Redacción Web









