CC suspende de forma temporal reformas a la Ley de la carrera judicial

La Corte de Constitucionalidad decidió suspender de forma temporal una serie de textos correspondientes a las reformas realizadas a la Ley de la Carrera Judicial y devuelve la potestad de evaluación y designación de jueces a la Corte Suprema de Justicia.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad resolvieron una acción de inconstitucionalidad promovida por la presidenta del Organismo Judicial y Corte Suprema de Justicia, Silvia Valdéz.

En dicha acción, la magistrada solicita que se declaren inconstitucionales algunas parte de la ley de la Carrera Judicial, específicamente aquellas que fueron reformadas en el año 2018 y que le daban la potestad al Consejo de la Carrera Judicial la posibilidad de ser ellos quienes designen a los jueces en sus cargos basados en aspectos de meritocracia y haciendo sus evaluaciones según lo establecido en dicha ley.

Según la resolución del tribunal constitucional, se le concede la razón a Valdez, y de forma temporal se suspenden diversas palabras o frases especificas de la ley, como por ejemplo:

Retirar la palabra “rector”, con el cual retiran la potestad de designar jueces al Consejo de la Carrera Judicial y trasladan dicha labor nuevamente a la Corte Suprema de Justicia.

Otras palabras o frases retiradas de la ley son; por los integrantes descritos en las literales a, b, c y d; para elegir y con base a sus resultados nombrar, remover, entre otras.

Finalmente, la Corte de Constitucionalidad, deja en suspenso de forma temporal 12 artículos de la Ley de la Carrera Judicial con el cual quita la potestad de designar juzgadores al Consejo,

De momento, se da un plazo de 15 días al Congreso de la República, Consejo de la Carrera Judicial y Ministerio Público para que se puedan pronunciar al respecto y presenten sus argumentos del caso previo a que la Corte de Constitucionalidad emita una decisión en definitiva.

Archivo CA

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