El presidente Alejandro Giammattei declaró este lunes 10 de octubre estado de Calamidad por 30 días para implementar medidas urgentes para salvaguardar la vida de los guatemaltecos ante el azote de la depresión tropical Julia en el territorio nacional.
Desde horas de la mañana de este lunes 10 de octubre, el Presidente Alejandro Giammattei se reunió con el Consejo de Ministros para tomar decisiones por las lluvias que se han registrado a raíz de la depresión tropical “Julia”.
Y tras finalizar la reunión, el mandatario guatemalteco informó a través de sus redes sociales que están decretando Estado de Calamidad en todo el territorio nacional y se estará enviando al Congreso de la República para que este sea agendando en jefes de bloque y luego conocerlo en la sesión plenaria para que sea ratificado con 81 votos a favor.
¿Qué medidas incluye el Estado de Calamidad?
Como primera medida es:
“ Implementar todas las acciones que tiendan a atender los daños ocasionados por las copiosas lluvias y los efectos del Ciclón Tropical Julia, así como prevenir el riesgo que se produzca en toda forma, circunstancias y en los lugares que la situación lo requiera.
Segunda medida:
“Limitar el derecho libre locomoción, cambiando o manteniendo la residencia de las personas, estableciendo cordones sanitarios, limitando la circulación de vehículos o impidiendo la salida o entrada de personas en las zonas afectadas , en los lugares y circunscripciones, carreteras y caminos que establezca la Conred.”
Tercera medida:
Ordenar la evacuación de los habitantes de las áreas afectadas o de las áreas declaradas de alto riesgo.
Cuarta medida:
“Exigir a los particulares, así como a las instituciones del Estado, tanto centralizadas, descentralizadas o autónomas, el auxilio o cooperación que sean indispensables para el mejor control de la situación en las zonas afectadas.”
Quinta medida:
Ordenar a las autoridades civiles y militares que bajo la coordinación de la Conred, adopten todas las medidas necesarias con el objetivo de proteger y asegurar la vida, la integridad, la seguridad y los bienes de la población de los lugares indicados y, así mismo, asegurar la prestación de los servicios básicos y esenciales al tenor del decreto número 7 de la asamblea constituyente de la República de Guatemala, Ley de Orden Público.
SEXTA MEDIDA:
Centralizar en la Conred, todas las acciones que tiendan a prevenir, mitigar y atender los daños derivados de las condiciones climatológicas antes indicadas.