Restringen transporte pesado por descanso de Semana Santa

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Se restringe la circulación del transporte de carga pesada en todo el territorio, del 5 de abril, desde las 12:00 horas, al 9 de abril, a las 24:00 horas, con excepción del transporte de carga de productos perecederos.
 
El Gobierno de Guatemala a través del Ministerio de Comunicaciones restringe la circulación de vehículos de carga pesada en todo el país durante los días de descanso de la Semana Santa.
 
Según la normativa, el tránsito pesado no podrá utilizar las carreteras entre los días miércoles 5 de abril, desde las 12:00 horas, hasta el domingo 9 de abril, a las 24:00 horas.

RESTRICCIÓN DE CIRCULACIÓN DE TRANSPORTE PESADO

MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DESDE LAS 12:00 HORAS

HASTA DOMINGO 9 DE ABRIL A LAS 24:00 HORAS

 
Quedan exceptuados de la norma los vehículos que transporten productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, así como grúas, por tratarse de equipo de servicio.
 
Estos “podrán circular y no necesitarán permisos especiales”, se indica en el acuerdo ministerial.
 
Sin embargo, según el artículo 2, el transporte de carga podrá circular:
 
Del kilómetro 290 de la carretera CA-09 Norte a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios, y a las instalaciones de Puerto Santo Tomás de Castilla, sobre la CA-09 Norte. Ambas terminales se ubican en Izabal.
 
Del kilómetro 80 de la carretera CA-09 Sur-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, en Escuintla; al kilómetro 104 de la carretera CA-09 Sur-09, y al kilómetro 114 de la carretera CA-09 Sur.
 
Las disposiciones entrarán en vigencia al siguiente día de la publicación del acuerdo de la cartera de Comunicaciones, es decir este miércoles 22 de marzo.

Por Marcos Cahuex

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