Análisis | Alcances jurídicos y escenarios del proceso del CANG para la Corte de Constitucionalidad

En #ALas845, Ricardo y Diego Sagastume, abogados, explicaron las razones del amparo del cual son ponentes, que llevó al cambio de la convocatoria para la elección de magistrados de la CC en el CANG.
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En ALas845 hablamos de los alcances jurídicos y escenarios del proceso del CANG para la Corte de Constitucionalidad.

Los invitados fueron Ricardo Sagastume y Diego Sagastume Vidaurre, abogados y ponentes de amparo que llevó al cambio de convocatoria para la elección de magistrados de la CC en el CANG.

Ricardo Sagastume indicó que en su caso envió tres notas al Colegio tras la convocatoria dando explicaciones, pero no se tomaron en cuenta. El abogado además rechazó que el amparo solicitado se presentó fuera de tiempo.

“Nunca es tarde para accionar legalmente, porque la ley otorga 30 días. El amparo no fue exprés. Resolvieron lo que ya se sabe, y se planteó lo que se discutió desde el 2006 con el aparecimiento del Colegio de Auditores. Se emiten una serie de amparos y resoluciones, lo que deriva que solo pueden ser electores quienes tienen la misma calidad de a quienes se van a elegir”, señaló.

Diego Sagastume indicó que la inconstitucionalidad presentada el año pasado, fue sobre el reglamento de elecciones del CANG, al permitir acciones que a su criterio son erróneas. “Pero era sobre varios temas que se han dado durante años, para poder corregir. No dieron el amparo provisional en su momento. Se empezó a hacer un trámite administrativo, pero no hubo respuesta. Esto tiene tiempos y no se presentó directamente ante la Sala Sexta. Sabemos que la CC se tenía que inhibir porque no era la competente”, dijo.

Ricardo Sagastume por su lado, consultado sobre una posible “judicialización” de la política, indicó que “no tiene la culpa” de que exista ignorancia en el CANG para no realizar la convocatoria en ley. “Si lo hicieron por desconocimiento o por conveniencia, no es mi culpa. El CANG no ha dicho la verdad. En el informe circunstanciado dicen que sabían que había una apelación, pero se les olvida que cuando actuamos contra la Junta Directiva, dijeron que no existía un efecto suspensivo”, replicó.

Insistió en que el amparo no fue solicitado fuera de tiempo y rechazó que se hiciera “a escondidas”. “No es a última hora sino previendo que se venían procesos. En 2006 para resolver el caso del Colegio de Auditores citaron que se debía dar en el mismo caso que el CANG”, explicó.

Diego Sagastume citó que hubo un “mal manejo” del CANG por convocar a la elección de forma errónea. “Nosotros tratamos de hacer una corrección en tiempo para que eso no sucediera. El problema es que la corte no resolvió en su momento. El CANG convocó mal porque se dice que debe ser la asamblea del colegio de abogados, no llama a ningún profesional afín, sino solo al grupo de abogados específicamente”, recalcó.

En relación a que ya los profesionales afines sí habían votado en elecciones pasadas, añadió que a su criterio, no “son derechos adquiridos” cuando la Constitución lo “dice claro” al afirmar que debe ser solo la asamblea para profesionales del derecho. “El conflicto de interés lo crearon las anteriores directivas del CANG que han convocado mal. La Constitución es clara desde 1985”, dijo.

Ricardo Sagastume señaló que la “narrativa de la judicialización” no evitará que se acuda a tribunales.”Hay amparos y recursos administrativos, en toda la ley está la opción de ir a los tribunales cuando se hacen las cosas incorrectamente. En las notas señalé sobre cuál era el interés de la directiva del CANG en que se judicializara. Jamás habrá exceso de judicialización si se hacen bien las cosas. Esta administración ha incurrido en varias anomalías y ya vendrán otras acciones como agremiados, no teniendo nada que ver con el tema electoral. Jamás habían existido tantas fiestas como en el día del abogado; serán otras acciones porque nos perjudica como agremiados en nuestras prestaciones”, replicó.

La entrevista completa:

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