En el análisis de ALas845 hablamos de, “Convenio 169 de la OIT en Guatemala: entre la obligación internacional y la incertidumbre jurídica”.
El invitado Óscar Pérez, ex viceministro del Ministerio de Energía y Minas, discutió sobre el alcance, aplicación y controversias del Convenio 169 de la OIT en Guatemala, incluyendo precedentes internacionales, jurisprudencia constitucional y el impacto del Acuerdo Ministerial 145-2026.
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por Guatemala en 1996, establece la obligación del Estado de consultar de forma previa, libre e informada a los pueblos indígenas sobre proyectos que puedan afectar sus territorios o formas de vida. Sin embargo, casi tres décadas después, el país sigue sin contar con una ley específica que regule este proceso, generando un vacío normativo que ha derivado en conflictividad social, judicialización de proyectos y resoluciones contradictorias.
El exfuncionario dijo que se han realizado reparaciones en casos en donde el gobierno ha emitido actos administrativos que pudieran afectar a los pueblos indígenas. “En otros casos, la CC ha dicho que se accione pero de manera reparadora, no de carácter previo”, indicó.
Pérez dijo que en su periodo se laboró en el reglamento y luego se retomó en el gobierno de Alejandro Giammattei pero no se emitió. “Al día de hoy no tenemos un reglamento sobre cómo el gobierno se debe organizar para realizar las consultas como manda el convenio”, dijo.
Agregó que hay mucho debate jurídico de cómo se debe aplicar el Convenio, pues el derecho de consulta es uno de los derechos que se regulan. “Hay posturas que el Convenio tiene el mismo estatus de una ley ordinaria, y seguiría un acuerdo para reglamentar esa ley específica. Hay quienes dicen que es auto ejecutable que se podría aplicar sin un reglamento”, resaltó.
Sobre la conflictividad en los últimos años, el exfuncionario dijo que existe una correlación entre los derechos mineros que han tenido su trámite y la oposición que se genera en contra.
En relación a si existe el derecho de veto, el exfuncionario fue enfático en asegurar que el Convenio no lo otorga, pero sí deja que los pueblos indígenas puedan influir en el gobierno y llegar a acuerdos que sí son vinculantes. “Por supuesto, si no se quiere negociar, eso no es vinculante”, explicó.
Pérez insistió en la falta del reglamento para establecer incluso obligaciones entre los actores, por lo que ha tenido que intervenir la Corte de Constitucionalidad (CC).
El exviceministro dijo que si bien las sentencias de la CC no han sido uniformes “cada caso ha establecido mejoras y se ha aprendido de experiencias anteriores”. “Es de revisar las resoluciones que la CC ha dado con sus obligaciones, cumplirlas y ver cuál debe ser el procedimiento de las entidades del Estado para proceder”.
Aseguró que no había escuchado de conflictividad hasta el momento, citando el caso de la hidroeléctrica Palo Viejo en donde se realizará una consulta reparadora.
Sobre las sentencias de CC y de la CIDH, opinó que deberían ser taxativas, dando una obligación a los funcionarios sobre un camino a tomar. “En el caso de la CC es curioso, porque reconocen que si un privado ya ha invertido, tiene derecho de participar en el derecho de consulta, pues el Estado no hizo en su momento el proceso debido, previo”, resaltó.
En el caso de la mina Marlin, tienen la obligación de dar el mantenimiento del terreno en donde se ubicaron, pero la conflictividad continúa pese a que el proyecto ya no está. “Hay quejas de que habían beneficios y ahora ya no. No restringiría una ley específica”, dijo.
Aseguró que las tensiones existen, como en Santa Rosa, Izabal y Quiché. “Como no hay avances en consultas, creo que ha mantenido calmado y no hay conflictividad recalcitrante como en otras ocasiones”.
El exfuncionario dijo creer en el diálogo, pero éste se rompe por medio de un actor externo que llega “con información tergiversada”. “Depende mucho de la habilidad y de la competencia que tengan las personas que estén a cargo de los procesos, no se llegan a consensos de forma orgánica”.












