Ayer la Financiera de Occidente accionó contra la Junta Monetaria y Superintendencia de Bancos por la suspensión de operaciones aún cuando esta poseía solidez financiera y solicitaron se respete su derecho de defensa. A lo cual SIB da su postura.
La SIB señala que con base al artículo 73 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, requirió a Grupo Financiero de Occidente, S.A. un plan de regularización para subsanar deficiencias relacionadas con prácticas de gestión que ponían en peligro la situación de liquidez y solvencia de la entidad.
Vencido el plazo máximo establecido por ley para el cumplimiento de dicho plan, se determinó el incumplimiento por parte de la Financiera lo que constituyó la suspensión de sus operaciones. Señalan que las actuaciones están apegadas al marco legal vigente, respetando en todo momento el derecho de defensa y el debido proceso, lo cual consta con los expedientes respectivos.
Con base dicho informe la Junta Monetaria decidió suspender operaciones, nombrando para el efecto, una respectiva Junta de exclusión de Activos y pasivos. Dicha junta con el apoyo del sistema bancario continúa realizando esfuerzos para concluir con la trasferencia de los activos y pasivos que por ley corresponde en beneficio de los inversionistas.
Finalmente, la Superintendencia de Bancos recuerda que según el artículo 22 de la Ley Bancos y Grupos Financieros, los miembros de los consejos de administración y Gerentes Generales de las entidades supervisadas son civil, administrativa y penalmente responsables por sus acciones u omisiones en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones.