Salud emite nuevo sistema de alertas sanitarias y disposiciones

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó este 12 de mayo, el Acuerdo Ministerial 158-2022, en el que emite un nuevo sistema de alertas sanitarias y disposiciones sanitarias para la apertura a la nueva normalidad en el país, el cual empieza a regir este día.

En el artículo 1 explica que el Sistema de Alertas Sanitarias permitirá determinar el nivel de riesgo de contagios que existe para la población, a través de la medición periódica de indicadores dela incidencia de la enfermedad, la intensidad del contagio, la tendencia de la pandemia, uso y disponibilidad de pruebas de diagnosticas y el avance de la cobertura de vacunación contra la COVID-19.

El ámbito de aplicación del Sistema de Alertas Sanitarias es municipal, departamental y nacional, el cual se estará publicando cada 15 días, los sábados y se aplicará a partir del día siguiente.

Parámetros para determinar nivel de riesgo

Según detalla el Ministerio de Salud, los parámetros a utilizarse para determinar por municipio el nivel de riesgo de contagios derivados de la emergencia COVID-19. Los municipios serán clasificados en colores, según el puntaje que recibió.

Disposiciones sanitarias.

El articulo 4 explica que para la apertura de todas las actividades economías y centros de trabajo, con el propósito de evitar el aumento en el contagio y transmisión del virus SARS-CoV-2, todos los guatemaltecos, independientemente de haber padecido o no la enfermedad deben cumplir las siguientes disposiciones sanitarias:

  1. Higiene de manos, ya sea mediante el uso de agua y jabón por un lapso mínimo de 20 segundos, o a través de la desinfección con alcohol líquido o en gel que posea al menos 70% de concentración.
  2. Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas, según lo siguiente:
  3. En alerta color roja tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
  4. En alerta color naranja y amarilla, únicamente en espacios cerrados.

De la referida obligación se exceptúan los municipios en color verde.

  1. Uso obligatorio y adecuado de mascarilla o tapaboca, según los siguiente:
  2. En alerta roja tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
  3. En alerta color naranja y amarilla, únicamente en espacios cerrados.

De la referida obligación se exceptúan los municipios en color verde y los menores de 2 años y las personas que por su condición médica tengan una contraindicación.

Mencionan que las presentes disposiciones serán reformadas tomando en consideración la evolución de la pandemia de la COVID-19 y la nueva evidencia científica que se conozca.

Asimismo, las autoridades locales, en consenso con sus lideres locales y representantes institucionales y las entidades públicas a través de sus autoridades y las entidades privadas, podrán aumentar y nunca disminuir las disposiciones sanitarias antes descritas, difundiéndolas oportunamente a la población.

En el artículo 5, señala que las entidades del Estado, dentro del marco de sus funciones y sus respectivas competencias serán responsables de verificar la implementación de las disposiciones sanitarias.

Protocolo para eventos y actividades en municipios en alerta roja.

Según el acuerdo 6, los municipios en alerta roja, los organizadores de eventos y de actividades religiosas, recreativas o deportivas, deberán elaborar sus protocolo de bioseguridad en aplicación de los lineamientos emitidos o que para el efecto se emita por e Ministerio de Salud y deberán presentarlos ante las autoridades locales de salud para su revisión, retroalimentación y extensión de nota de no objeción; siendo los primeros los responsables de velar por el cumplimiento de las deposiciones sanitarias.

Infracciones

El artículo 7, explica que el incumplimiento de las nuevas disposiciones serán sancionados por la autoridad de salud correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Decreto Número 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud.

Asimismo, estas disposiciones deberán ser traducidas a los idiomas de los pueblos Mayas, Garífuna y Xinca.

 

Archivo CA

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