La Corte de Constitucionalidad decidió trasladar la petición de amparo del Tribunal Supremo Electoral a manos de una Sala de Apelaciones al indicar que esta no es la instancia para conocer dicha solicitud.
Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad conocieron la tarde de este miércoles la petición del Tribunal Supremo Electoral de un amparo con el cual pretenden que se detengan los allanamientos que practica el Ministerio Público en el Centro de Operaciones del Proceso Electoral para que ya no se continúe con la apertura de las cajas que contienen el material electoral y los votos de la ciudadanía.
Sin embargo, la corte estimo que no es de su competencia conocer la petición de amparo, ya que esta ataca directamente una resolución de un juez de primera instancia penal, que en este caso es la emitida por el juez Fredy Orellana, por lo que se procede a trasladar el amparo a manos del Organismo Judicial, que es donde corresponde que resuelvan la petición del tribunal.
En ese sentido se ha designado a la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal para que conozca dicho amparo y determinen si procede o no el alegato del Tribunal Supremo Electoral.
Así también la corte traslado otra petición de amparo promovida por la entidad Acción Ciudadana, en contra de la Fiscal General, Consuelo Porras y el juez Orellana, la cual también fue trasladada a manos de la Corte Suprema de Justicia para que sean estos los que determinen si procede o no su alegato.
Por Sergio Osegueda